«La Convención marca un "cambio de paradigma" en las actitudes y en los enfoques con respecto a las personas con discapacidad. Las personas con discapacidad no se contemplan como "objetos" de la caridad, del tratamiento médico y de la protección social; sino más bien como "sujetos" con derechos, capaces de reclamar esos derechos y de tomar decisiones para sus vidas basándose en su consentimiento libre e informado, así como de ser miembros activos de la sociedad. La Convención da un reconocimiento universal de la dignidad de las personas con discapacidad» Página web de la UN-Enable
Las entrevistas recogidas tienden a mostrar que la redacción de la Convención supuso una oportunidad para romper prejuicios y estereotipos heredados de un enfoque paternalista. Establece mecanismos de rendición de cuentas de los Estados hacia las personas con discapacidad, que se fundamentan en un enfoque basado en los derechos Fue un auténtico empoderamiento para las personas con discapacidadya no tenían que implorar para que las consideraran, sino que podían reclamar para que se realizaran sus derechos. Varios panelistas atestiguan que esto llevó a un cambio en la visión de la ONU y de las organizaciones internacionales, haciamás estrategias y programas que incluían la discapacidad, Aunque eso no trajera cambios inmediatos en términos de la situación material, al menos llevó a unauniversalización de nuevos conceptos. tales como la vida independiente o los ajustes razonables.
La atención prestada a la cooperación internacional es una de las características específicas de la CDPD, puesto que tal disposición no se había realizado antes en ningún otro tratado internacional de derechos humanos. Surgió como una necesidad, a sabiendas de que los países en desarrollo no podrían alcanzar los estándares definidos por la Convención sin ayuda internacional. Los testimonios de nuestros panelistas nos ayudan a comprender hasta qué punto la inclusión de esta temática fue facilitada por la participación de las organizaciones de la sociedad civil de los países del Sur en el proceso de negociación. Se defendió que se incorporara el desarrollo inclusivo como una cuestión transversal a lo largo de todos los artículos de la Convención y se elaboraron artículos específicos: el artículo 11 sobre los contextos de emergencia y humanitarios, y el artículo 32 sobre cooperación internacional.
Como se vio antes, el proceso de redacción estuvo marcado por la necesidad de la sociedad civil de informar a los delegados de los países sobre los temas relativos a la discapacidad como una cuestión práctica. Sin embargo, muchos líderes solo tenían pocos conocimientos sobre las cuestiones de la legislación internacional de derechos humanos y sobre los procesos de la ONU. En las entrevistas recogidas, se proporciona información sobre cómo los líderes del Sur recibieron formación y se familiarizaron con el protocolo y con el proceso de toma de decisiones. Según varios testimonios de nuestros panelistas, la participación en las negociaciones parece que se hizo como una clase magistral para estas personas. Al reunirse con destacados expertos y decisores de alto nivel llegaron a otro nivel, lo que generó un crecimiento profesional. Como resultado de ello, el proceso de negociación aparece como un punto de partida que favoreció la emergencia de una generación de líderes empoderados que posteriormente, en puestos de toma de decisiones, contribuyeron a la incorporación de la discapacidad como un tema en la legislación internacional de derechos humanos.
Muchas de las entrevistas recogidas subrayan la importancia de la Convención como detonante de la concienciación de las personas con discapacidad en los países en desarrollo. El reconocimiento de sus derechos fue un punto de inflexión que les dio confianza yque estimuló su pensamiento crítico con respecto a la acción de sus Gobiernos. Elreconocimiento de su derecho a la palabra y a la información les ayudó a tratar de encontrar su lugar en la comunidad, consiguiendo poco a poco una percepción más satisfactoria por parte de los demás. Como ilustración, varias voces de África dan testimonio de oportunidades para que las personas con discapacidad participen en la vida pública a nivel local y nacional. Según uno de nuestros panelistas, la participación de las personas con discapacidad no se limitaría a lo que se refiere a la discapacidad, sino que se debería integrar en la vida pública en general.
Entre las voces recogidas en esta investigación, varias describen cómo las niñas y las mujeres con discapacidad se suelen ver confrontadas con una doble victimización; primero, por ser mujeres o niñas, segundo, por ser personas con discapacidad. Más de estos testimonios explican cómo, en términos generales, los factores discriminatorios se pueden acumular y crear múltiples cargas. Todas estas afirmaciones están vinculadas con el denominado «análisis interseccional», una teoría que explica cómo se crean las identidades sociales de los grupos discriminados, en relación con un sistema de opresión, en la intersección de múltiples factores discriminatorios de identidades grupales, como el hecho de ser migrantes, refugiados, personas pobres, de minorías étnicas y habitantes de zona rural. Como este análisis fue recogido por la Convención, esta es otra contribución fundamental de la CDPD a la legislación internacional de derechos humanos. Las últimas citas de este apartado destacan las implicaciones prácticas de este tipo de análisis, subrayando la necesidad que tiene el movimiento de la discapacidad de conectar con otros grupos discriminados para ganar influencia en la vida política.
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